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Serán imprescriptibles los delitos sexuales contra menores de edad

El Congreso del Estado, a través de la Comisión de Justicia, aprobó con 24 votos a favor, modificar el artículo 105 del Código Penal del Estado, a efecto de que los delitos de índole sexual cometidos en contra de personas menores de edad, sean imprescriptibles.

Según un estudio realizado por la  Organización Mundial de la Salud (OMS), estima que alrededor del mundo 150 millones de niñas y 73 millones de niños menores de 18 años, han experimentado relaciones sexuales forzadas u otra forma de violencia sexual.

Por su parte, la Secretaría de Salud del Gobierno Federal, indica que México ocupa el primer lugar en abuso sexual y homicidios de menores de 14 años entre países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo (OCDE). Asimismo, estima que el 77 por ciento de las víctimas de abuso sexual son niñas, el promedio de edad de las afectadas es de 5.7 años y en la mayoría de los casos, la víctima conocía al agresor: el hermano en 19 por ciento, padrastro en 18 por ciento, tío en un 16 por ciento y el padre en un 15 por ciento.

Por lo anterior, se reforma el segundo párrafo del ordinal 105 del Código Penal del Estado, el cual establece los efectos y características de la prescripción. Lo anterior, a fin de que los delitos de índole sexual, cuando se cometan en contra de personas menores de edad o que no tengan capacidad para comprender el significado del hecho, o de resistirlo, sean imprescriptibles.